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Contratación y gestiones


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • PROPIETARIOS: Documento que acredite la titularidad del inmueble (Escritura de propiedad, Testamento o Adjudicación de Herencia, en el caso de más de un heredero, autorización de todos, junto con copia de sus documentos de identidad) (FOTOCOPIA).
  • INQUILINOS: Contrato de arrendamiento y DNI del arrendador (FOTOCOPIA), e imprescindiblemente la "Declaración responsable de propietarios" (disponible en nuestro apartado de Descarga de Formularios).
  • DOCUMENTO DE HABITABILIDAD Y OCUPACIÓN:

    - Si es una vivienda, alguno de los siguientes documentos: Comunicación Previa de Ocupación, Prescripción Urbanística o Declaración Responsable (fotocopia o ejemplar para la suministradora).

    - Si es local, Licencia de ocupación del edificio (original y fotocopia).

  • Certificado de Instalación (modelo FON_CI)* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    Según artículo 4 del real decreto 134/2011 publicado en el B.O.C. nº 122 de fecha 22/06/2011, en relación con la VIGENCIA del Certificado de Instalación: "las certificaciones emitidas tendrán una validez de un año desde su firma y emisión por el instalador, a efectos de la contratación del suministro, transcurrido el cual, habrá de emitirse una nueva certificación, previa revisión de las instalaciones, y comunicar para su registro por parte de la Dirección General competente en materia de industria". El certificado deberá estar debidamente diligenciado, con la firma electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y con el número de documento electrónico o el sello de la Consejería en caso de tramitación presencial.

  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el propietario, inquilino o apoderado.
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución). (FOTOCOPIA).
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • PROPIETARIOS: Documento que acredite la titularidad del inmueble (Escritura de propiedad, Testamento o Adjudicación de Herencia, en el caso de más de un heredero autorización de todos, junto con copia de sus documentos de identidad) (FOTOCOPIA).
  • INQUILINOS: Contrato de arrendamiento y DNI del arrendador (FOTOCOPIA), e imprescindiblemente la "Declaración responsable de propietarios" (disponible en nuestro apartado de Descarga de Formularios).
  • Se debe aportar el código CNAE (Actividad a ejercer) en el caso de locales/industrias.
  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el propietario, inquilino o apoderado.
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución). (FOTOCOPIA).
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).



  • CIF/NIF/NIE* del Presidente de la Comunidad (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • CIF de la Comunidad (FOTOCOPIA).
  • Acta o Certificado de Constitución de la Comunidad y Nombramiento del Presidente (FOTOCOPIA)
  • Licencia de ocupación del Edificio (si nunca ha tenido agua) (ORIGINAL y FOTOCOPIA).
  • Reconocimiento de uso domestico, si se trata de un edificio de uso exclusivamente residencial (documento disponible en el apartado Descarga de formularios).
  • Certificado de Instalación (modelo FON_CI)* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    Según artículo 4 del real decreto 134/2011 publicado en el B.O.C. nº 122 de fecha 22/06/2011, en relación con la VIGENCIA del Certificado de Instalación: "las certificaciones emitidas tendrán una validez de un año desde su firma y emisión por el instalador, a efectos de la contratación del suministro, transcurrido el cual, habrá de emitirse una nueva certificación, previa revisión de las instalaciones, y comunicar para su registro por parte de la Dirección General competente en materia de industria". El certificado deberá estar debidamente diligenciado, con la firma electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y con el número de documento electrónico o el sello de la Consejería en caso de tramitación presencial.

  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el presidente si no figura en los nombramientos (FOTOCOPIA).
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).


  • CIF/NIF/NIE* del titular de la Comunicación Previas de Obras (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • Comunicación Previa de Obras (ORIGINAL y FOTOCOPIA).
  • Autorización y DNI del autorizado, en caso de no comparecer el titular (FOTOCOPIA).
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución) (FOTOCOPIA).
  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el presidente si no figura en los nombramientos (FOTOCOPIA).
  • Abono de la Factura de Contratación, que incluirá el presupuesto para la realización del acople de agua y saneamiento)*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • PROPIETARIOS: Documento que acredite la titularidad del inmueble (Escritura de propiedad, Testamento o Adjudicación de herencia (en el caso de más de un heredero autorización de todos, junto con copia de sus DNI. (FOTOCOPIA)
  • INQUILINOS: Contrato de arrendamiento y DNI del arrendador (FOTOCOPIA), e imprescindiblemente la "Declaración responsable de propietarios" (disponible en nuestro apartado de Descarga de Formularios).
  • Certificado de Instalación (modelo FON_CI)* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    Según artículo 4 del real decreto 134/2011 publicado en el B.O.C. nº 122 de fecha 22/06/2011, en relación con la VIGENCIA del Certificado de Instalación: "las certificaciones emitidas tendrán una validez de un año desde su firma y emisión por el instalador, a efectos de la contratación del suministro, transcurrido el cual, habrá de emitirse una nueva certificación, previa revisión de las instalaciones, y comunicar para su registro por parte de la Dirección General competente en materia de industria". El certificado deberá estar debidamente diligenciado, con la firma electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y con el número de documento electrónico o el sello de la Consejería en caso de tramitación presencial.

  • Se debe aportar el código CNAE (Actividad a ejercer).
  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el presidente si no figura en los nombramientos (FOTOCOPIA).
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución) (FOTOCOPIA).
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el titular.
  • Abono de la factura de liquidación de consumo.

    Se debe estar al corriente de los pagos para solicitar la baja de suministro.


  • CIF/NIF/NIE* del titular del contrato (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el titular del contrato.
  • Abono de la Factura de acople a la red, tras presupuesto previo.
  • Se le generará una solicitud de acople a la red, tras esto se generará un presupuesto para los trabajos a acometer, el cual debe ser abonado para la realización de los mismos. Una vez ejecutados los trabajos se actualizará el contrato.


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • PROPIETARIOS: Documento que acredite la titularidad del inmueble (Escritura de propiedad, Testamento o Adjudicación de Herencia, en el caso de más de un heredero autorización de todos, junto con copia de sus documentos de identidad) (FOTOCOPIA).
  • INQUILINOS: Contrato de arrendamiento y DNI del arrendador (FOTOCOPIA), y imprescindiblemente la "Declaración responsable de propietarios" (disponible en nuestro apartado de Descarga de Formularios).
  • Comunicación Previa de Ocupación, Cédula de Habitabilidad, Prescripción Urbanística o Declaración responsable (FOTOCOPIA o EJEMPLAR PARA SUMINISTRADORA).
  • Certificado de Instalación (modelo FON_CI)* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    Según artículo 4 del real decreto 134/2011 publicado en el B.O.C. nº 122 de fecha 22/06/2011, en relación con la VIGENCIA del Certificado de Instalación: "las certificaciones emitidas tendrán una validez de un año desde su firma y emisión por el instalador, a efectos de la contratación del suministro, transcurrido el cual, habrá de emitirse una nueva certificación, previa revisión de las instalaciones, y comunicar para su registro por parte de la Dirección General competente en materia de industria". El certificado deberá estar debidamente diligenciado, con la firma electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y con el número de documento electrónico o el sello de la Consejería en caso de tramitación presencial.

  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el propietario, inquilino o apoderado.
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución). (FOTOCOPIA).
  • Fotografía del contador con la lectura actual.
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).


  • RECUERDE QUE SI DISPONE DE UN SUMINISTRO DE OBRAS, DEBE SOLICITAR PREVIAMENTE EL FIN DE OBRA.


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • PROPIETARIOS: Documento que acredite la titularidad del inmueble (Escritura de propiedad, Testamento o Adjudicación de Herencia, en el caso de más de un heredero autorización de todos, junto con copia de sus documentos de identidad) (FOTOCOPIA).
  • INQUILINOS: Contrato de arrendamiento y DNI del arrendador (FOTOCOPIA), e imprescindiblemente la "Declaración responsable de propietarios" (disponible en nuestro apartado de Descarga de Formularios).
  • Se debe aportar el código CNAE (Actividad a ejercer) en el caso de locales/industrias.
  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el propietario, inquilino o apoderado.
  • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución). (FOTOCOPIA).
  • Fotografía del contador con la lectura actual.
  • Abono de la factura de contratación*.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (Consulte otras tarifas).



  • Al fallecimiento del titular de la póliza de abono, su cónyuge, descendientes, hijos adoptivos plenos, ascendientes y hermanos, que hubieran convivido habitualmente en la vivienda, al menos, con dos años de antelación a la fecha del fallecimiento*, podrán subrogarse en los derechos y obligaciones de la póliza, aportando la siguiente documentación:

    * No serán necesarios los dos años de convivencia para los que estuviesen sometidas a la patria potestad del fallecido ni para el cónyuge. En este caso no será necesaria la presentación del Certificado de empadronamiento/convivencia.

    • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

      En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

    • Certificado de defunción del titular (FOTOCOPIA).
    • Libro de familia (FOTOCOPIA).
    • Certificado de empadronamiento/convivencia (FOTOCOPIA).

    También podrá subrogarse cualquier otro heredero o legatario si ha de suceder al causante en la propiedad o uso de la vivienda local en que se realice el suministro, en cuyo caso, deberá aportar:

    • CIF/NIF/NIE (ORIGINAL y FOTOCOPIA).
    • Escritura de Herencia o Testamento (FOTOCOPIA).
    • IBAN Bancario.
    • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el interesado (FOTOCOPIA).

    Limitaciones y Plazo: El plazo para subrogarse será de SEIS MESES a partir de la fecha del hecho causante. Una vez vencido este plazo deberá abonarse la factura de contratación.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (consulte otras tarifas).


  • CIF/NIF/NIE* (ORIGINAL y FOTOCOPIA).

    En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

  • Sentencia judicial y/o Convenio regulador (FOTOCOPIA).
  • IBAN Bancario.
  • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el interesado (FOTOCOPIA).
  • Autorización del titular actual para subrogar la fianza depósitada por él (en defecto de este documento deberá abonar la factura de contratación).


    Limitaciones y plazo: El plazo para subrogarse será de SEIS MESES a partir de la fecha del hecho causante. Una vez vencido este plazo deberá abonarse la factura de contratación.

    Se deberá abonar en el momento de la firma (en efectivo/tarjeta): los gastos de contratación y la fianza (consulte otras tarifas).



    • CIF/NIF/NIE* del titular del contrato (ORIGINAL Y FOTOCOPIA).

      En caso de extranjeros, deberán estar en posesión del NIE, no es válido el pasaporte.

    • Autorización y DNI del autorizado en caso de no comparecer el titular del contrato.
    • Abono del presupuesto de acople a la red de abastecimiento y saneamiento.
    • GRANDES EDIFICACIONES*:
      • Fotocopia Proyecto Técnico, firmado por el técnico competente.
      • Fotocopia Certificación de dirección y terminación de obra (Modelo FON_CDO).
    • RESTO DE EDIFICACIONES*:
      • Fotocopia de la Memoria Técnica (Modelo FON_RT).
    • SOCIEDADES: Escritura de constitución de Sociedad y Poderes (en caso de no figurar en la Escritura de Constitución) (FOTOCOPIA).
    La Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, considera Grandes Edificaciones a:
    1. Instalaciones con más de 16 suministros.
    2. Instalaciones individuales con un caudal instalado superior a 6 l/s (65mm)
    3. Instalaciones con más de 7 fluxores.
    4. Edificios de más de 15 plantas.
    5. Instalaciones receptoras singulares con diámetro de acometida igual o superior a 50mm.
    6. En las instalaciones anteriores, reformas y ampliaciones importantes, (25% aumento del diámetro de la acometida, o en número de contadores).
    7. El resto se incluyen en el apartado de Resto de Edificaciones.


    Para tener derecho a la aplicación de esta tarifa especial, en la cual se reduce la tarifa en los dos últimos bloques de consumo, el TITULAR de un contrato con familias numerosas o unidades familiares de cinco o más miembros que habiten en un mismo inmueble deberá solicitarlo por escrito a EMMASA, debiendo adjuntar, en su solicitud, los siguientes documentos

    1. Familias numerosas.
      • Carnet de Familia Numerosa en vigor, expedido por la Dirección General de Protección al Menor y la Familia, adscrita a la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias.
      • Deberán estar todos los recibos abonados.

    2. Unidades Familiares de cinco o más miembros.
      • Certificado del padrón municipal, acreditativo del número de miembros que habitan en el inmueble.
      • Deberán estar todos los recibos abonados.

    Limitaciones: No tendrán derecho a aplicación de la tarifa especial que aquellas familias numerosas o unidades familiares de cinco o más miembros que residan en una comunidad de viviendas que cuenten con un contador general y que estén ya afectados por la aplicación de la Tarifa N, ni aquellos solicitantes que no sean Titulares del contrato objeto de bonificación.

    Renovación y plazos: on carácter anual, los beneficiarios de esta tarifa especial deberán renovar su solicitud ante EMMASA aportando los documentos exigidos como en la primera vez. El plazo para solicitar la aplicación de la tarifa especial, será del 1 al 31 de enero de cada año.


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    Cómo y dónde pagar

    Atención clientes de EMMASA

    EMMASA ha puesto a disposición de sus clientes una nueva dirección de correo electrónico justificante@emmasa.es para el envío, exclusivamente, de los justificantes de las transferencias realizadas

    Oficinas de atención al cliente de EMMASA

    25%

    Oficina Central, en C/ Comodoro Rolín nº 4A.

    En horario de 8:30 a 13:30 de lunes a viernes laborables.

    * Pago en efectivo de 8:30 a 11:00

    Transferencia bancaria

    50%

    A la cuenta de EMMASA con número ES47 2100 9169 0522 0004 0065, indicando en el concepto el nº factura o contrato, y remitiendo el justificante de la transferencia a justificante@emmasa.es.

    Entidades bancarias

    75%

    Cajeros automáticos de Caixa Bank y Banco Santander, sin necesidad de ser cliente de la entidad, y remitiendo el comprobante del pago a justificante@emmasa.es indicando en el concepto el nº factura o contrato.

    CaixaBank Now

    50%

    Desde CaixaBank Now también puedes hacer el pago en línea de tus facturas. Solo necesitas una tarjeta de crédito o débito.

    Domiciliación bancaria

    75%
    • A través de correo@emmasa.es.
    • Por la Oficina Virtual de EMMASA (aquí).
    • En el teléfono gratuito de Atención al Cliente.
    • En cualquiera de nuestras Oficinas de Atención al Cliente.

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    1. Si esta dado de alta en nuestra Oficina Virtual, Ir a la pestaña de Mis Contratos en el menú de la izquierda y haga click sobre Lectura de Contador.
    2. Mediante correo electrónico a correo@emmasa.es.
    3. Llamando a nuestro Atención al cliente en días laborables de 8:00 - 22:00, 922 23 01 24 o al servicio teléfonico 24 horas (Averías, Pagos y Lecturas), 900 84 84 83.
    4. Remitiendo el formulario “Envío de lectura de contador”, que encontrará en el apartado de atención al cliente de la página web.

    Cuando se registre en la OFICINA VIRTUAL DE EMMASA (OVE) puede disponer de la opción de E-Factura, para que las mismas se le envíen por correo electrónico cuando se generen y dejen de enviarse por correo ordinario.

    Para ello al registrarse en la OVE deberá dejar marcada la casilla de la e-factura.

    En el supuesto de que usted ya se encuentre registrado en la OVE y quiera solicitar darse de alta en la e-factura, simplemente deberá entrar a la OVE y marcar la casilla de la E-factura.

    EMMASA ha enviado a sus clientes una carta para que conozcan esta forma de notificación y los interesados en darse de alta, también tienen la posibilidad de llamar al 922 23 01 24 o 900 84 84 83 en días laborables de 8:00 - 22:00 para que nuestro servicio de atención telefónica realice el alta en la E-factura por usted.

    La oficina virtual de EMMASA, le permite gestionar sus contratos cómodamente desde cualquier dispositivo con acceso a internet, pudiendo realizar las siguientes gestiones:

    • Pagos de facturas
    • Consultas, descargar facturas. Duplicados
    • Actualización de datos (personales, dirección fiscal, correspondencia)
    • Cambiar formas de pago
    • Lecturas
    • Sugerencias, Reclamaciones o Consultas
    • Solicitud de baja de suministro

    ¿Cómo registrarse en la OVE?

    1. Dirigirse a la pestaña regístrese, donde se abre un formulario en el que debe cumplimentar las siguentes datos y usando mayúsculas:
      • Documento de Identificación (NIF, CIF, NIE, Otros)
      • Nombre Completo
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    2. Debe rellenar el nombre de “Usuario”, el cual le servirá junto con la contraseña para acceder a la OVE. Una vez introduzca el nombre de Usuario, recibirá un mail con la clave o contraseña.

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    EMMASA informa de que una vez validada la lectura, se tendrá en cuenta para la facturación únicamente si se aporta dentro de un plazo adecuado, de 3 a 5 días antes de su próxima fecha de facturación (puede consultar esta fecha en su factura)

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